Existen varios cargos abusivos que aplican las entidades financieras cuando no se paga una cuota o existe un descubierto en la cuenta. Tipos de comisiones que aplica un banco por un descubierto:
- Los intereses de demora:
Los intereses de demora se calcularán teniendo en cuenta el saldo deudor y los días que estemos en números rojos.
- La comisión por descubierto:
La comisión por descubierto se calcula sobre el saldo deudor más alto que se ha producido y suele ser de alrededor del 4% de dicho importe. Los intereses de demora y la comisión de descubiertos no pueden superar 2,5 veces el costo del tipo legal del dinero y se pagan en la liquidación periódica de la cuenta.
- La comisión por reclamación de descubrimiento
En este caso es un costo fijo que normalmente está entre 15 € y 45 €, según la entidad, y se justifica por las gestiones que hace la entidad para pedir al cliente que ponga la cuenta en positivo. Se cobra desde el tercer y séptimo día.
Sumando estos 3 conceptos sabremos el total que nos ha cobrado el banco por esa posición deudora o números rojos.
¿Se puede reclamar estas comisiones?
Sí, existen varias razones para reclamar, entre otras:
Los cargos son automáticos y no responden a ningún gasto habido de manera efectiva y esto es abusivo.
Según la Ley 16/2011, de los contratos de crédito al consumo, los intereses aplicados a los descubiertos bancarios, más las comisiones; no puede dar lugar a una TAE superior al interés legal del dinero multiplicado 2,5.
La imposición de una indemnización desproporcionada es abusiva y, por tanto, nula.
Para la defensa de tus intereses, debes contar con los servicios de abogados que sean expertos en este ámbito. Para ello es preciso que cuenten con una experiencia demostrable, además de un conocimiento lo suficientemente profundo de la cuestión. En Serte Economistas y Abogados cumplimos con tales requisitos y nos enfrentamos día a día a este tipo de problemas.
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